Según la resolución, los miembros permanentes de los Consejos Populares a nivel provincial y comunal deberán coordinarse con sus pares del Frente de la Patria y los Comités Populares del mismo nivel para prever la estructura y composición de los candidatos provenientes de organizaciones políticas, sociales, unidades armadas, organismos estatales, instituciones públicas y entidades económicas del territorio.
El proceso de selección debe garantizar los principios de democracia, imparcialidad, objetividad y transparencia, poniendo especial énfasis en la integridad, ética, inteligencia y prestigio de los candidatos. ´
Asimismo, la resolución exige una distribución equilibrada entre los representantes de las organizaciones políticas y sociales, las fuerzas armadas, las agencias estatales, las aldeas, los barrios y las instituciones públicas.
El documento también establece indicadores específicos sobre la proporción de diputados pertenecientes a minorías étnicas, mujeres, personas sin afiliación partidista, jóvenes, diputados en reelección y miembros a tiempo completo.
En concreto, las mujeres deben representar al menos el 35 por ciento, los candidatos que no son miembros del Partido no menos del 10 por ciento, los jóvenes menores de 40 años al menos el 15 por ciento, y los diputados en reelección no menos del 30 por ciento.
Además, el presidente de la Asamblea Nacional rubricó una resolución que proporciona directrices detalladas sobre la organización de las asambleas de electores, la presentación de candidatos a los Consejos Populares a nivel comunal y el procedimiento para la elaboración de listas de candidatos en elecciones complementarias.