Vietnam establece nuevas medidas para proteger seguridad nacional en el ciberespacio

El Gobierno de Vietnam ha promulgado el Decreto 327/2026/ND-CP, en vigencia desde el 19 de agosto, que desarrolla el artículo 14 de la Ley de Ciberseguridad y establece un marco para prevenir y gestionar las amenazas a la seguridad nacional, el orden y la seguridad social en el ciberespacio.

Foto de ilustración. (Fuente: Internet)
Foto de ilustración. (Fuente: Internet)

La normativa define las responsabilidades de los administradores de sistemas de información y proveedores de servicios, así como de las organizaciones y particulares, en la prevención, la detección y el tratamiento de información, y las conductas ilícitas relacionadas con el uso de tecnologías de la información, redes informáticas, redes de telecomunicaciones y dispositivos electrónicos.

Entre sus principales obligaciones, los administradores de sistemas y proveedores deberán identificar y autenticar electrónicamente a los usuarios, impedir el uso de cuentas digitales que no correspondan a sus titulares y garantizar la protección de los secretos de Estado y de los datos electrónicos. También deberán cooperar con las fuerzas especializadas y las autoridades competentes, responder a las alertas de seguridad y adoptar las medidas necesarias cuando reciban advertencias sobre posibles infracciones.

Asimismo, deberán establecer mecanismos de supervisión, alerta y detección temprana de posibles infracciones, controlar los accesos y conservar los registros y datos electrónicos necesarios para identificar, verificar y gestionar las conductas ilícitas. Cuando detecten un ataque que vulnere o amenace la soberanía, los intereses o la seguridad nacional, o que cause graves daños al orden y la seguridad social, deberán informar a las autoridades competentes en un plazo máximo de 24 horas.

Los proveedores y administradores también deberán eliminar o desactivar, dentro de su ámbito de gestión, herramientas, aplicaciones, cuentas, enlaces o datos que presenten indicios de ser utilizados directamente para cometer infracciones en el ciberespacio.

El decreto presta especial atención a la protección de niños, menores de edad, personas mayores y personas con discapacidad, así como de otros grupos con mayor riesgo de ser víctimas de abusos. Las entidades deberán advertir sobre riesgos como estafas, apropiación indebida de bienes, difamación, humillación y vulneración de la privacidad.

Cuando existan indicios de infracción, los proveedores, administradores y otras entidades relacionadas deberán actuar de inmediato para limitar las consecuencias, preservar los datos y pruebas electrónicas y comunicar el caso a las fuerzas especializadas y a las autoridades competentes.

Entre las medidas de tratamiento previstas figuran el bloqueo o la suspensión temporal de la prestación de información en la red, la eliminación de contenidos ilegales o falsos, la restricción o suspensión de sistemas de información, la retirada de nombres de dominio y el bloqueo desde Vietnam del acceso a sistemas infractores.

También podrá exigirse la conservación y la entrega de datos para las investigaciones, así como la suspensión temporal de operaciones de cuentas de pago relacionadas con las infracciones. Las organizaciones y particulares que incumplan la normativa podrán ser objeto de sanciones administrativas o penales y deberán reparar las consecuencias de sus actos conforme a la legislación vigente.

Para los casos que involucren a múltiples entidades, plataformas, sistemas de información, cuentas digitales o transacciones electrónicas, así como aquellos con elementos extranjeros, el decreto establece mecanismos de coordinación entre las partes implicadas y las autoridades competentes.

La aplicación de esas medidas deberá garantizar la preservación de las pruebas electrónicas y la prevención de reincidencias, al tiempo que protege los derechos humanos y ciudadanos, los secretos de Estado, los datos personales y los derechos e intereses legítimos de organizaciones y particulares.

En cuanto al suministro de información para las investigaciones, los proveedores de servicios y administradores de sistemas deberán responder a las solicitudes de las fuerzas especializadas y autoridades competentes en un plazo máximo de 24 horas en casos ordinarios y de tres horas en situaciones de emergencia.

VNA
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