El borrador busca establecer un marco jurídico unificado para la implementación de tecnologías digitales, inteligencia artificial (IA) y soluciones afines en universidades y centros de educación superior. La normativa será aplicable a instituciones educativas, personal académico y administrativo, así como a organizaciones y empresas proveedoras de plataformas tecnológicas y de IA.
Según el documento, la tecnología deberá integrarse de forma integral en la enseñanza, la evaluación, la investigación científica, la gestión institucional y los servicios de apoyo al alumnado. Las universidades tendrán autonomía para seleccionar soluciones tecnológicas acordes con sus estrategias y condiciones, aunque su aplicación deberá ser controlada y garantizar la integridad académica.
En el ámbito formativo, se prevé el uso de modalidades como la enseñanza presencial con apoyo digital, la educación en línea, los modelos híbridos y el aprendizaje personalizado basado en datos e IA. Estas herramientas permitirán optimizar la gestión del proceso educativo, el seguimiento del rendimiento académico, la orientación profesional y la mejora continua de los programas.
El borrador subraya que la IA debe desempeñar un papel de apoyo, sin sustituir al profesorado, y su uso deberá ser transparente, verificable y conforme a los principios de integridad académica.
En cuanto a la evaluación, se autoriza la aplicación de tecnología e IA siempre que se garantice la precisión, objetividad, transparencia y equidad, en línea con los resultados de aprendizaje establecidos. Las aplicaciones incluyen la gestión de bancos de preguntas, la organización de exámenes, la supervisión de pruebas, el análisis de resultados y la gestión de datos evaluativos.
Asimismo, se exige la verificación de la identidad del alumnado, el control del proceso evaluativo y la garantía de integridad, trazabilidad y almacenamiento seguro de los datos. Las instituciones deberán publicar criterios de evaluación y establecer mecanismos de revisión y rendición de cuentas.
El proyecto dedica un apartado específico a la integridad académica en el entorno digital, exigiendo que el uso de la tecnología y la IA respete la honestidad, la objetividad, la transparencia y los derechos de propiedad intelectual, sin alterar la naturaleza de la actividad académica.
Entre las conductas prohibidas se incluyen el uso de tecnología para cometer fraude académico, el plagio, la manipulación de datos, la suplantación de identidad y la falta de transparencia en el uso de IA cuando sea requerido.
Las universidades deberán emitir normativas internas claras, establecer mecanismos de control y sanción, aplicar tecnología para detectar fraudes y promover la concienciación sobre la integridad académica.
En materia de gestión, el borrador plantea un modelo basado en datos para la toma de decisiones, con exigencias de transparencia y rendición de cuentas. También establece el desarrollo de bases de datos estandarizadas, interoperables y seguras, así como de infraestructuras digitales modernas.
La futura circular se perfila como un instrumento clave para impulsar la transformación digital y el uso responsable de la IA en la educación superior, al tiempo que refuerza la calidad educativa, la protección de datos y la integridad académica.