Esa normativa busca fortalecer la seguridad de las cuentas, proteger a los ciudadanos en caso de pérdida de la tarjeta SIM y erradicar el uso de suscripciones con identidades falsas, aplicando un mecanismo técnico similar al utilizado actualmente en el sector bancario.
Según el nuevo reglamento, las empresas de telecomunicaciones deberán detectar el cambio de dispositivo vinculado a un número telefónico y, en un plazo máximo de dos horas, suspenderán el servicio de salida (llamadas y mensajes) si el usuario no ha realizado la verificación.
Los abonados contarán con 30 días para completar el proceso biométrico; de lo contrario, se suspenderá el servicio en ambas direcciones y, tras cinco días adicionales de incumplimiento, se procederá a la rescisión del contrato y al cese definitivo de la prestación del servicio de telecomunicaciones.
La circular también especifica que, para las nuevas suscripciones, las operadoras deberán validar la información mediante biometría facial y cotejarla con la Base de Datos Nacional sobre Población. Los usuarios podrán realizar este trámite de forma simplificada a través de la aplicación de identidad nacional VNeID, eliminando la necesidad de videollamadas o visitas presenciales. Aquellos abonados que ya registraron su información con un documento de identidad con chip o mediante el nivel 2 de VNeID no requerirán una nueva validación, a menos que cambien su equipo terminal.
Para facilitar el cumplimiento, las autoridades habilitarán cuatro métodos de verificación: a través de la aplicación VNeID, mediante la plataforma digital de la propia operadora, de forma presencial en las tiendas oficiales del proveedor o en puntos de venta autorizados por contrato.
Asimismo, el sistema permitirá a los ciudadanos consultar a través de VNeID todos los números registrados bajo su nombre en cualquier red, permitiendo identificar y cancelar suscripciones que no estén bajo su control real.