Se espera que el MoU establezca un marco de cooperación integral entre las dos partes en cumplimiento de las leyes, normas, reglamentos y políticas nacionales pertinentes en sus respectivos países; a medida que se forme y desarrolle una colaboración en la gestión del mercado.
En consecuencia, las dos entidades crearán condiciones favorables para las actividades de cooperación en el campo, incluida la prevención, el control y el tratamiento administrativo de las violaciones de los derechos de propiedad intelectual, la seguridad alimentaria y la protección de los derechos del consumidor.
Anual o periódicamente, las partes discutirán y decidirán sobre las formas apropiadas de cooperación de acuerdo con los procedimientos y regulaciones legales de sus naciones, y las prioridades estratégicas. En particular, se centrarán en compartir experiencia profesional e información sobre temas de interés mutuo en el ámbito de la gestión de mercados.
También, trabajarán juntas para mejorar la capacidad profesional de los funcionarios administrativos de manera regular, además de su intercambio de documentos y otros materiales legales.