El edicto, firmado por el gobernador del NBC, Chea Serey, establece que los proveedores de servicios de criptoactivos deberán obtener la autorización previa del NBC. Además, el banco notificará por escrito su decisión de aprobar o rechazar la solicitud dentro de los 60 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud acompañada de la documentación correspondiente.
El objetivo de este documento es regular las transacciones y actividades comerciales vinculadas a los criptoactivos, explicó Serey.
Según el edicto, los criptoactivos son representaciones digitales de valor que dependen de la criptografía y la tecnología de libro mayor distribuido u otras tecnologías similares. Estos activos pueden ser comercializados o transferidos de forma digital y ser utilizados con fines de pago, inversión o para acceder a bienes o servicios.
El edicto también señala que los criptoactivos incluyen activos tradicionales tokenizados, criptoactivos no respaldados, monedas estables, tokens de utilidad y tokens de valores. Sin embargo, no se consideran criptoactivos las representaciones digitales de monedas fiduciarias (como las monedas digitales de los bancos centrales).