Según fuentes oficiales, la mencionada norma entró en vigor el 11 pasado, reemplazando la 205 sobre el control del poder en las actividades relacionadas con el personal y el combate contra el soborno para ascender.
La nueva norma estipula que la corrupción y manifestaciones negativas relacionadas incluyen el aprovechamiento del prestigio de los mismos cuadros o de sus familiares para adquirir favor en la votación de confianza e influir en las actividades relacionadas con el personal; y ejecutar las labores relativas con intenciones personales.
El soborno, aceptación de soborno, corretaje correspondiente para apoyar a otras personas en la adquisición del poder o cargo también se consideran como infracciones.
La Norma estipula claramente la responsabilidad de las instancias partidistas, directivos y/o dirigentes de los órganos y menciona el manejo de las violaciones al respecto.