Anuncian Orden presidencial sobre leyes aprobadas por Asamblea Nacional

La Oficina del Presidente realizó hoy una conferencia de prensa para anunciar la Orden Presidencial sobre las leyes de Tierras (enmendada) y de Instituciones de Crédito (modificada) aprobadas por la Asamblea Nacional de la XV Legislatura en su quinta reunión extraordinaria.
En la conferencia. (Fotografía: VNA)
En la conferencia. (Fotografía: VNA)

La Ley de Instituciones de Crédito (modificada) incluye 15 capítulos y 210 artículos, con vigencia a partir del 1 de julio de 2024.

El nuevo documento legislativo tiene como objetivo mejorar las normas jurídicas en materia de organización y funcionamiento de las entidades de crédito, atender los problemas e insuficiencias de la actual Ley de Instituciones de Crédito, y promover la aplicación de la ciencia y la tecnología en el ámbito de las entidades de crédito del sector bancario y en el desarrollo de productos y servicios bancarios modernos.

También, busca fortalecer la auto-inspección, el control interno y la autorresponsabilidad de las instituciones de crédito, mejorar la transparencia en las operaciones bancarias; completar el marco legal para el manejo de instituciones de crédito que enfrentan riesgos de liquidez; y legislar una serie de normas sobre la gestión de deudas incobrables de las entidades crediticias.

Mientras, la Ley de Tierras (modificada) incluye 16 capítulos y 260 artículos, con vigencia a partir del 1 de enero de 2025, con excepción de algunas disposiciones específicas.

En particular, la Ley elimina las regulaciones sobre la tarifa gubernamental de la tierra; especifica principios, bases y métodos de valoración de tierras; y establece que la lista de precios de la tierra se elaborará anualmente.

La primera tabla de precios de la tierra se anunciará y aplicará a partir del 1 de enero de 2026, y se ajustará y complementará a partir del 1 de enero del año siguiente.

Además, la Ley complementa la regulación sobre la renta anual de la tierra aplicada durante un período quinquenal a partir del momento en que el Estado decide arrendar la tierra y permitir el cambio de propósito de uso de la tierra.

VNA