En virtud de la Ley de Organización de la Asamblea Nacional nº 57/2014/QH13, modificada y enmendada por las Leyes nº 65/2020/QH14 y nº 62/2025/QH15; y de conformidad con la Resolución nº 178/2025/QH15, adoptada el 18 de febrero de 2025 por la Asamblea Nacional para la organización de sus propios órganos, el Consejo de las Nacionalidades ejerce las siguientes funciones y competencias específicas: